Bajas

ESO y PDC

Dado que la escolarización es obligatoria hasta que los alumnos cumplen 16 años, no pueden solicitar la baja los menores de esta edad.

Únicamente en el caso de aquellos que se trasladen al extranjero, deberán presentar en Secretaría un escrito acreditando el traslado (por ejemplo, con copia del billete de avión), usando [este impreso].

En caso de ser menores de edad, deberá estar firmado por ambos progenitores/tutores y adjuntar una fotocopia del documento de identidad de las personas que lo firmen.


Bachillerato

Con el fin de no agotar los años de escolarización previstos, los alumnos (o sus representantes legales), podrán solicitar del Director del centro público en el que cursen estudios (o de aquel al que esté adscrito el centro donde reciben enseñanzas), la anulación de la matrícula cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  • Enfermedad prolongada de carácter físico o psíquico.
  • Incorporación a un puesto de trabajo.
  • Obligaciones de tipo personal o familiar que impidan la normal dedicación al estudio.

Las solicitudes se formularán antes de finalizar el mes de marzo, en el impreso que puede descargarse [aquí], y se acompañarán de los documentos acreditativos pertinentes. La resolución se comunicará por escrito al alumno.

El alumno al que se le conceda la anulación perderá el derecho de reserva de plaza para posteriores cursos académicos, por lo que, si desea continuar en el futuro dichos estudios, deberá concurrir de nuevo al procedimiento general de admisión.


Ciclos Formativos de Formación Profesional

El alumno, o su representante legal, puede cancelar la matrícula en la totalidad de los módulos profesionales en los que se hubiese formalizado.

La solicitud se presentará en Secretaría (en el impreso que puede descargarse aquí), durante el primer mes desde el inicio de las clases. La resolución adoptada se le comunicará al alumno por escrito.

Según la normativa, el alumno perderá el derecho de reserva de plaza para posteriores cursos académicos, por lo que, si desea continuar en el futuro dichos estudios, deberá concurrir de nuevo al procedimiento general de admisión.

Las matrículas de Grado Básico no podrán ser anuladas hasta cumplir 16 años, dado que la escolarización es obligatoria hasta esa edad.

En el caso de enseñanzas de Grado Superior, la anulación voluntaria de matrícula no dará derecho a solicitar la devolución de las tasas de matrícula (Modelo 030).