Las convalidaciones de materias de ESO o Bachillerato con enseñanzas profesionales de Música y Danza, así como por tener la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento están reguladas en la Orden 3530/2009 de 22 de julio de la Consejería de Educación.
Como resumen se indica lo siguiente:
Plazo y lugar de solicitud: desde la fecha de matrícula hasta el 31 de octubre en la Secretaría del Centro, adjuntando el certificado correspondiente.
ESO
Educación Secundaria Obligatoria:
A.- Convalidaciones de la materia de Música de la Educación Secundaria Obligatoria con determinadas asignaturas de las enseñanzas profesionales de Música o de Danza:
| Materia y curso de educación secundaria obligatoria | Enseñanzas profesionales | Asignatura con la que se convalida |
| Música de 2º y 3º | Música | 1er curso de la asignatura de instrumento principal o voz |
| Música de 4º | Música | 2º curso de la asignatura de instrumento principal o voz |
| Música de 2º y 3º | Danza | 1er curso de música |
| Música de 4º | Danza | 2º curso de música |
B.- Convalidaciones de las materias optativas de la Educación Secundaria Obligatoria con determinadas asignaturas de las enseñanzas profesionales de Música o de Danza:
- Los alumnos podrán convalidar cada una de las materias optativas de la Educación Secundaria Obligatoria con cualquier asignatura de las enseñanzas profesionales de Música o de Danza de su elección, a condición de que cada asignatura de régimen especial tenga una carga horaria no inferior a hora y media semanal.
- La convalidación de la materia optativa no requerirá la inscripción previa en una materia optativa concreta.
Exención de Educación física (ESO y Bachillerato)
A.- Exención de la materia de Educación Física de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato:
- Podrán solicitar la exención de la materia de Educación Física de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato quienes cursen estos estudios y, simultáneamente, acrediten tener la condición de deportista de alto nivel o de alto rendimiento o realizar estudios de las enseñanzas profesionales de Danza.
- El alumnado exento de la materia de Educación Física no será evaluado de esta materia
Bachillerato
A.- Convalidaciones de diversas materias del Bachillerato con asignaturas de las enseñanzas profesionales de Música:
| Materia de bachillerato que se convalida | Asignatura con la que se convalida |
| Análisis musical I | 2º curso de armonía |
| Análisis musical II | 1er curso de análisis o 1ercurso de fundamentos de composición |
| Historia de la música y de la danza | 1º y 2º cursos de historia de la música |
| Lenguaje y práctica musical | 3er curso de instrumento principal o voz |
B.- Convalidaciones de diversas materias del Bachillerato con asignaturas de las enseñanzas profesionales de Danza:
| Materia de bachillerato que se convalida | Asignatura con la que se convalida |
| Anatomía aplicada | 1º y 2º cursos de anatomía aplicada a la danza |
| Historia de la música y de la danza | 1º y 2º curso de historia de la danza |
| Lenguaje y práctica musical | 3er curso de Música |
| Artes escénicas | Repertorio de 5º y 6º curso en la especialidad de danza clásica o bien prácticas escénicas de 5º y 6º curso en la especialidad de danza contemporánea, o bien danza contemporánea de 5º y 6º curso en las especialidades de baile flamenco y danza española |
C.- Convalidaciones de las materias optativas del Bachillerato por cursos completos de las enseñanzas profesionales de Música o de Danza:
- Los alumnos podrán convalidar cada una de las materias optativas del Bachillerato con un curso completo de las enseñanzas profesionales de Música o de Danza, a condición de que ninguna asignatura que forme parte de dicho curso haya sido, o vaya a ser, utilizada en otras convalidaciones.
- Ninguna asignatura que forme parte del curso completo de las enseñanzas profesionales de Música o de Danza con el que se ha convalidado una materia optativa de Bachillerato podrá ser utilizada para convalidar otra materia de esta etapa en cursos sucesivos.
- La convalidación de la materia optativa no requerirá la inscripción previa en una materia optativa determinada.
D.- Otras convalidaciones entre materias del Bachillerato y asignaturas de las enseñanzas profesionales de Música de contenido análogo (Artículo 9):
Las materias del Bachillerato:
- Anatomía Aplicada
- Artes Escénicas
- Cultura Audiovisual
- Historia del Arte
- Literatura Universal
Podrán convalidarse con el primer y segundo cursos de asignaturas de las enseñanzas profesionales de Música de contenido análogo a cada una de ellas que, debidamente autorizadas, presenten una coincidencia de al menos el 75 por 100 en objetivos y contenidos con la materia de Bachillerato para la que se solicita la convalidación.
Estas convalidaciones se podrán aplicar de manera inversa siempre y cuando se cumplan dichos requisitos.