SUBSANACIÓN DE SOLICITUDES DE BECA DE COMEDOR. CURSO 2023-24

Las familias solicitantes de beca de comedor de la Comunidad de Madrid tendríais que recibir o haber recibido un email indicando si la solicitud ha sido presentada correctamente o si ha sido excluido por falta de documentación.

– Si aparece como presentado, es que el trámite se hizo correctamente y está a la espera de resolución definitiva.

– Si aparece como excluido, le debe de indicar los motivos de exclusión y tendrá un plazo de subsanación para solucionarlo (del 13 de septiembre al 2 de octubre).
*Si la causa de exclusión “supera renta” no es subsanable, salvo que se haya producido un error en el cálculo de renta o no se haya computado correctamente el nº de miembros de la unidad
familiar, en cuyo caso deberá presentar el impreso de subsanación (como se indica en las preguntas frecuentes).

– Si no aparece como presentado ni como excluido también debe presentar la subsanación en el plazo correspondiente.

Puntos importantes de la resolución:
3.1- Todos los alumnos que hayan solicitado la beca de comedor escolar para el curso 2023/2024 podrán incorporarse al servicio de comedor desde el primer día que se preste el servicio de comedor escolar.
3.4- párrafo 3- En aquellos casos cuya situación no haya sido resuelta favorablemente antes del 31 de octubre, los centros educativos no girarán el recibo del comedor escolar a las familias de los alumnos solicitantes de esta beca y la Administración financiará ese coste.
Una vez se publique la última resolución, los solicitantes que no resulten beneficiarios de la beca por no cumplir los requisitos establecidos en las normas reguladoras de este beca o no acreditarlos convenientemente, no serán beneficiarios de la beca de comedor y deberán abonar el servicio de comedor a partir de ese momento.

SOLICITUD para la subsanación de errores:   modelo subsanacion1963FR1_23v2

Presentación de solicitud de Subsanación:
– De forma telemática
– De forma presencial, en cualquiera de las oficinas de asistencia de registros (según art. 165.4 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas).

– En la Secretaría del colegio, solo en el siguiente horario: de 9:10 h. a 10:00 h. y antes del 27 de septiembre.

Para cualquier otra duda, consultar PREGUNTAS FRECUENTES:  preguntas_mas_frecuentes_en_fase_de_subsanacion_23-24_0

Deja una respuesta