Se abre nuevo plazo de presentación de solicitudes para la beca de desayunos a familias perceptoras de la renta mínima de inserción o del ingreso mínimo vital.
El plazo está abierto desde el 9 de enero hasta el lunes 29 de enero ambos incluidos. Los alumnos que ya presentaron solicitud mediante las instrucciones de incorporación previa no tienen que presentar nada, el plazo se abre para nuevas solicitudes.
Para acceder a toda la información, existen dos enlaces (la solicitud se puede presentar accediendo a cualquiera de los dos):
Ayudas desayuno escolar (RMI o IMV) | Comunidad de Madrid
La solicitud se podrá presentar de forma presencial en la secretaría del centro docente donde esté matriculado el alumno, así como en cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, y resto de lugares recogidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, incluidos los Registros de las Direcciones de Área Territorial.
Junto con la solicitud deberás aportar:
- Copia, en vigor, del DNI o NIE de ambos padres/tutores legales. En el caso de extranjeros que carezcan de NIE deberán aportar copia, en vigor, del pasaporte. La Administración podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que el interesado se opusiera a ello, en cuyo caso el interesado estará obligado con carácter general a aportar copia de los documentos correspondientes, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
- Documento acreditativo de ser perceptor de la Renta Mínima de Inserción (RMI) o del Ingreso Mínimo Vital (IMV). La Administración podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que el interesado se opusiera a ello, en cuyo caso el interesado estará obligado con carácter general a aportar copia de los documentos correspondientes, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
- AUTORIZACIÓN del padre/madre/tutor no firmante de la solicitud, excepto familias monoparentales.
- En su caso, documentación acreditativa de la condición de víctima por violencia de género, a los efectos de evitar que el nombre del centro de matriculación del alumno figure en las listas de beneficiarios de la ayuda.
