Estimadas familias:
Con fecha 1 de septiembre se ha publicado en el BOCM el extracto de la Orden 2174/2025, de 19 de agosto, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se declara el importe de los créditos disponibles para la concesión directa de ayudas individualizadas de desayuno escolar a los alumnos de segundo ciclo de Educación Infantil y de Educación Primaria de los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid que dispongan del servicio de desayuno escolar, pertenecientes a familias perceptoras de la renta mínima de inserción o del ingreso mínimo vital, durante el periodo lectivo del curso 2025-2026.
El plazo de presentación de solicitudes queda establecido del 2 al 22 de septiembre de 2025, ambos incluidos.
Las familias que deseen hacer uso de este servicio y se encuentren en las situaciones anteriormente indicadas, presentarán en su centro educativo la documentación correspondiente:
- Solicitud que pueden recoger en secretaría y que puede descargar aquí. La solicitud deberá ser cumplimentada y firmada por ambos progenitores ( POR AMBOS) o el tutor o tutora del alumno salvo si se acredita, mediante declaración responsable, sentencia judicial u otra resolución, la imposibilidad de hacerlo.
- Copia, en vigor, del DNI o NIE o pasaporte y consignar el número en la solicitud (de las personas que firmen la solicitud).
- Documento acreditativo de ser perceptor de la RMI o del IMV (este documento debe encontrarse lo más actualizado posible a la fecha actual).
Una vez salga la resolución de la concesión de la ayuda, el centro se pondrá en contacto con la familia por teléfono o email para indicarles la fecha desde la que pueden comenzar a utilizar el servicio.

