EXTRACTO DE LAS NORMAS GENERALES DE CONVIVENCIA
(Estas Normas se ajustan en todo a lo recogido en el DECRETO 32/2019, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid)

VESTIMENTA, HIGIENE Y LIMPIEZA

– Es obligatorio venir en todo momento correctamente vestido, mostrando aspecto cuidado, aseado y limpio.
– La vestimenta deportiva será indispensable para participar en cualquier actividad deportiva ya sea escolar o extraescolar.
– La limpieza es una norma fundamental de convivencia, por lo que se evitará arrojar papeles u otros desperdicios al suelo o cualquier dependencia del Centro.
– No está permitido comer pipas, chicles o cualquier producto que por sus características afecte a la limpieza e higiene de todas las instalaciones.
– Se pondrá especial cuidado en depositar las basuras en los contenedores adecuados según el tipo de residuo.
– No se permitirá la entrada de animales en el recinto escolar.

ASISTENCIA A CLASE Y PUNTUALIDAD

– El derecho a la educación es un derecho fundamental. Para que ésta sea correcta, es necesario que sea continuada. La asistencia a clase diaria es condición fundamental para aprovechar el curso con normalidad y legalmente es exigible.
– La puntualidad es obligatoria para todos los actos programados por el Centro (en caso de retraso se justificará a la entrada).
– Los padres/madres o tutores legales deberán justificar, por escrito, los retrasos de los alumnos.
– Las faltas de asistencia deben ser justificadas por los padres o tutores legales del alumno en el momento de la incorporación de éste a clase. Estas justificaciones quedarán registradas en la agenda escolar. Un excesivo número de faltas de asistencia será comunicado a la Comisión de Absentismo.

ENFERMEDADES Y ACCIDENTES

– Los alumnos enfermos no pueden acudir al colegio.
– En caso de enfermedad contagiosa deben comunicarlo a la enfermera escolar o al Director y se incorporarán a clase cuando así lo indique, por escrito, su médico.
– Los alumnos, en ningún caso, pueden traer medicamentos al colegio siendo responsabilidad de las familias que así sea. En caso de que algún alumno traiga un medicamento le será retirado, siendo obligación de las familias recuperarlo en enfermería o Dirección.
– En caso de prescripción médica y que no sea posible su suministro en casa o con medicación de urgencia o rescate, las familias deberán comunicarlo en enfermería o dirección, aportando informe médico donde se indica la sintomatología, la pauta, el tipo de medicamento, la vía de suministro y deberán dejar el medicamento en el colegio.

ACCESO Y SALIDAS DEL CENTRO

– Las entradas y salidas de los alumnos estarán indicadas por un toque de timbre. Los alumnos deberán entrar y salir en filas, con una actitud correcta y con el debido orden.
– Los niños de educación infantil entrarán solos al aula por la puerta principal. La familia permanecerá detrás de la valla de esta entrada. Estos alumnos saldrán unos minutos antes para evitar aglomeraciones y serán entregados a sus familias o personas autorizadas en la puerta principal del colegio. Las familias permanecerán al otro lado de la valla de la entrada para facilitar la salida de los alumnos.
– En el caso de los alumnos tres años, los acompañarán hasta la puerta del vestíbulo de entrada.
– Los alumnos de primaria entrarán solos al colegio por la puerta del patio de mayores. Durante la entrada formarán las filas en los patios de la etapa. Los profesores correspondientes supervisarán las entradas recogiendo a los alumnos al sonar el timbre y subirán por orden. A la salida (14:00h) las familias esperarán fuera a que los profesores entreguen a los alumnos.
– Los alumnos de comedor serán entregados a los familiares a las 15:00 o las 16:00h (14:00 o 15:00h. en septiembre y junio) y se deberá acordar la hora de recogida para todo el curso. La reiteración en el retraso en la recogida de alumnos de comedor podrá conllevar las medidas correctoras recogidas en el Decreto 32/2019 y dar lugar a la expulsión del centro por el tiempo estipulado en el Reglamente de Régimen Interno, así como la posible comunicación a los “agentes tutores”.
– Una vez terminada la jornada lectiva, no está permitido subir a las aulas sin autorización ni quedarse en el patio siempre y cuando no realicen en éste alguna actividad extraescolar
– Está prohibido la salida de alumnos del centro fuera del horario lectivo sin el acompañamiento de los padres o adulto autorizado. El tutor debe tener conocimiento de la salida de alumno.
– No se permitirá la entrada a las familias a las aulas excepto si el tutor así lo requiere, siempre por causa justificada y previa autorización del Equipo Directivo.
– Los alumnos serán recogidos con puntualidad a la hora de finalización de la jornada lectiva a las 14:00h (13:00h. septiembre y junio). En caso de retraso se avisará a la familia para su recogida inmediata. La reiteración supondrá falta grave con su correspondiente “medida correctora” y en casos de reincidencia grave el aviso a los agentes tutores de la Policía Municipal.
– Una vez fuera del horario lectivo, no podrán permanecer alumnos solos dentro del colegio. La permanencia del alumno en el centro es responsabilidad exclusiva de los padres.

EXCURSIONES

– Las excursiones son programadas por su utilidad didáctica.
– Los padres serán informados con antelación y se solicitará su autorización firmada.
– Si una familia no entregara la autorización en las fechas límite indicadas por los tutores, el alumno no podrá participar en la actividad.
-Las actividades en las que no se llegue a un 70% de participación serán suspendidas.

– En caso de que la actividad tuviese algún coste (autocar, entrada, uso de servicio…) se abonará en los plazos establecidos para poder participar.

AGENDA ESCOLAR

– La agenda es un medio de organización para los alumnos, además de ser un medio efectivo de comunicación entre las familias y el colegio. Todos los alumnos llevarán al día su agenda.
– Las familias revisarán las agendas a diario y se comunicarán inmediatamente con los profesores que así lo requieran.

TRATO A LOS DEMÁS

– Es parte de la educación de todo alumno aprender a comportarse en todo momento. Este aprendizaje comienza en la familia, dónde debe aprender las principales normas de relación, educación y comportamiento. Durante su etapa escolar trataremos de enseñarle a socializar correctamente y a continuar colaborando con la tarea educativa familiar.
– Es fundamental el respeto a la autoridad del Profesor, tanto dentro de la clase como en el resto del recinto escolar.
– El trato a los compañeros debe ser correcto, no permitiéndose, en ningún caso, el ejercicio de la violencia física o verbal.
– El respeto a todos aquellos trabajadores del Centro (personal de comedor, monitores, limpieza, conserjes, administrativos…) es una norma fundamental de comportamiento y la falta supondrá la actuación conforme a las normas de convivencia del centro.

RECINTO ESCOLAR

– El uso del teléfono móvil u otros aparatos electrónicos están expresamente prohibidos. Su pérdida, robo, extravío o deterioro no es responsabilidad del Centro. Si se localiza un teléfono será retirado hasta su recogida por los padres.

PATIO Y RECREO

– Durante el recreo, todos los alumnos deben estar en el patio. Si algún alumno permanece en otra dependencia del Centro será por causa justificada y conocido por los profesores.
– Está prohibido el uso de balones que por su dureza, peso o forma puedan ocasionar lesiones.
– Se debe mantener limpias y cuidadas las instalaciones. Existen papeleras en el patio que ayudarán a conservarlo limpio.

EN CLASE

– Los alumnos aprovecharán el tiempo sacando el máximo partido de las explicaciones, preguntando las dudas y corrigiendo con atención. Es importante seguir en todo momento las indicaciones de los profesores.
– Al iniciar las clases deberán estar en silencio, correctamente sentados con el material necesario encima de la mesa y atentos a las explicaciones, la atención beneficia a todos. El aprovechamiento del tiempo por los alumnos en clase es muy importante, el profesor puede resolver las dudas si los alumnos participan y colaboran.
– Se deberá usar un vocabulario adecuado, demostrando respeto y educación por parte de todos.
– El cambio de clase no es tiempo de juegos. Se realizará con corrección y preparando el material necesario evitando retrasos.
– El alumno debe traer a clase los materiales que necesite para trabajar y realizar los trabajos que los profesores les indiquen fuera de horas de clase.
– En ausencia del profesor, los alumnos permanecerán sentados sin alborotar.
– Las salidas de clase estarán siempre motivadas y autorizadas por el profesor.

MATERIAL E INSTALACIONES DEL CENTRO

– El cuidado y conservación de las instalaciones del centro y el conjunto del edificio escolar es tarea de todos. Se debe cuidar y respetar todos los materiales que el Centro pone a disposición de alumnos y profesores.
– Los alumnos quedan obligados a reparar daños que causen individual o colectivamente de forma intencionada o por negligencia o a hacerse cargo del coste económico de la reparación. Los padres asumirán la responsabilidad civil en los términos previstos por la ley.

COMEDOR ESCOLAR

– El servicio de comedor se prestará desde el primer día de colegio hasta el último del curso.

– Las familias deberán estar al día del pago del comedor en los plazos de cobro señalados. No se admitirán alumnos de comedor con deudas pendientes. El retraso del pago podrá suponer la privación del servicio.

– Las ayudas de comedor de la Comunidad de Madrid y del Ayuntamiento serán efectivas una vez concedidas por las respectivas administraciones. Hasta el momento de la concesión se deberá abonar el precio del menú para poder usar el servicio.

– Los alumnos que usen esporádicamente el comedor deberán abonar el precio del día, por adelantado, usando el bono de 5 comidas según el procedimiento establecido por el colegio.

– El uso del comedor supondrá la aceptación de las normas y condiciones establecidas por el colegio. La empresa de comedor es la responsable del cumplimiento de las normas de convivencia. Las faltas graves o muy graves de conducta de los alumnos, podrán suponer medidas correctoras recogidas en el Decreto 32/2019 y en algún caso la expulsión del Centro.

– Por norma general, los alumnos/as permanecerán en el colegio durante el tiempo de comedor (las 2 horas de servicio). Los padres/madres o tutores/as legales de los alumnos los podrán recoger en caso de necesidad y por motivo justificado (visita médica o similar), dejando constancia de la salida del alumno/a fuera del horario previsto para todo el curso.

El incumplimiento de las presentes normas conlleva la aplicación del siguiente régimen sancionador del Reglamento de Régimen Interno, ajustado al DECRETO 32/2019, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid.

FALTAS LEVES POR CONDUCTAS CONTRARIAS A LA CONVIVENCIA DEL CENTRO y CORRECCION DE LAS MISMAS.

A. Se calificará como falta leve cualquier infracción a las normas de conducta establecidas en el Plan de Convivencia, cuando por su entidad no llegara a tener la consideración de falta grave ni de muy grave, y especialmente:
a. Faltas injustificadas, no reiteradas, de puntualidad.
b. Faltas injustificadas, no reiteradas, de asistencia a clase.
c. Actitud pasiva hacia el estudio, obligaciones u orientaciones del profesor.
d. Falta de respeto al derecho de estudio de los compañeros.
e. Pequeños actos de indisciplina o falta de respeto.
f. Causar daños leves al material del Centro o a sus instalaciones.
g. Cualquier acto injustificado que altere, no gravemente, el normal funcionamiento del Centro.
h. No traer el material que necesita para trabajar.
i. No traer hecha la tarea que se ha mandado para casa, salvo causa justificada por los padres.
j. No traer la agenda.
k. El uso del teléfono móvil o de dispositivos electrónicos (no debe traerlos).
l. El correr, gritar, dar golpes y cualquier otro comportamiento que se haga en los lugares comunes del Centro, tales como: pasillos, escaleras y servicios, que molesten al resto de los compañeros y perturben el normal desarrollo de la actividad escolar.
m. El ir a los servicios cuando no debe o hacer un uso indebido de los mismos.
B. Las faltas leves se corregirán de forma inmediata, pudiendo aplicarse las siguientes medidas correctoras:
a. Amonestación verbal o por escrito.
b. Expulsión de la sesión de clase con comparecencia inmediata ante el Jefe de Estudios o el Director, la privación del tiempo de recreo o cualquier otra medida similar de aplicación inmediata.
c. Permanencia en el Centro después de la jornada escolar, comunicándolo a los padres o tutores con la debida antelación.
d. La retirada del teléfono móvil o del aparato o dispositivo electrónico utilizado hasta la finalización de la jornada.
e. La realización de tareas o actividades de carácter académico.
C. Son órganos competentes para aplicar las medidas de corrección contempladas en el apartado anterior:
a. El profesor del alumno dando cuenta de ello al Tutor y, salvo la amonestación verbal, a la Jefatura de Estudios.
b. El Tutor del grupo, dando cuenta al Jefe de Estudios.
c. Cualquier profesor del Centro dando cuenta al Tutor del grupo y, salvo la amonestación verbal, a la Jefatura de Estudios.
D. Las faltas leves prescribirán en el plazo de tres meses contados a partir de la fecha de su comisión, excluyéndose periodos vacacionales. La medida correctora impuesta por falta leve prescribirá en el plazo de seis meses contados desde la fecha de comunicación de la misma.
E. Cuando algún alumno incurra de forma reiterada en alguna falta leve, el Tutor informará a la familia de lo sucedido advirtiendo que la reiteración de una falta leve conlleva el agravamiento de la falta.

FALTAS GRAVES PARA LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO Y CORRECCIÓN DE LAS MISMAS.

A. Se califican como faltas graves:
a. Las faltas reiteradas de asistencia a clase que, a juicio del Tutor, no estén justificadas
b. Las conductas que impidan o dificulten a otros compañeros el ejercicio del derecho o el cumplimiento del deber del estudio.
c. Los actos de incorrección o desconsideración con compañeros u otros miembros de la Comunidad Escolar.
d. Los actos de indisciplina y los que perturben el desarrollo normal de las actividades del Centro.
e. Los daños causados en las instalaciones o el material del Centro.
f. Los daños causados en los bienes o pertenencias de los miembros de la Comunidad Educativa.
g. La incitación o estímulo a la comisión de una falta contraria a las normas de conducta.
h. Cualquier otra incorrección de igual gravedad que altere el normal desarrollo de la actividad escolar que no constituya falta muy grave, según el presente Decreto.
i. La reiteración en el mismo trimestre de dos o más faltas leves se considerará una falta grave.
j. El incumplimiento de la sanción impuesta por la comisión de una falta leve.
k. La asistencia al Centro Escolar bajo los efectos de sustancias nocivas para la salud.
B. Las faltas graves por conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el Centro se podrán corregir con las siguientes medidas correctoras:
a. Expulsión de la sesión de clase con comparecencia inmediata ante el Jefe de Estudios o el Director, la privación del tiempo de recreo o cualquier otra medida similar de aplicación inmediata.
b. Permanencia en el Centro después del fin de la jornada escolar, comunicándolo a los padres o tutores con la debida antelación.
c. Realización de tareas que contribuyan al mejor desarrollo de las actividades del Centro o, si procede, dirigidas a reparar los daños causados, o dirigidas a mejorar el entorno ambiental del Centro.
d. Prohibición temporal de participar en actividades extraescolares o complementarias del Centro (incluido servicio de comedor), por un periodo máximo de un mes.
e. Expulsión de determinadas clases por un plazo máximo de seis días lectivos, haciéndose cargo profesores del Centro.
f. Expulsión del Centro por un plazo máximo de seis días lectivos.
g. Cambio provisional del grupo del alumno, previo acuerdo de los profesores Tutores.
C. Con el fin de no interrumpir el proceso educativo, cuando se apliquen las medidas previstas en las letras d), e) y f) del apartado anterior, durante el tiempo que dure la suspensión o expulsión del alumno éste realizará las tareas y actividades de aprendizaje que determine el profesorado, que hará un seguimiento periódico de las mismas.
D. Órganos competentes:
a. Los profesores del alumno, para las sanciones establecidas en las letras a), b) y c).
b. El Tutor del alumno, para las sanciones establecidas en las letras b) y c).
c. El Jefe de Estudios y el Director, oído el Tutor, las previstas para las letras d) y g).
d. El Director del Centro, oído el tutor, podrá establecer las sanciones de las letras e) y f).
E. Las faltas graves prescribirán en el plazo de seis meses a partir de la fecha de su comisión, excluyéndose del cómputo periodos vacacionales. La medida correctora impuesta por falta grave prescribirá en el plazo de seis meses contados desde la fecha de comunicación de la misma.

FALTAS MUY GRAVES, PERJUDICIAL PARA LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO Y CORRECCIÓN DE LAS MISMAS.

A. Son faltas muy graves:
a. Los actos graves de indisciplina, desconsideración, insultos, falta de respeto o actitudes desafiantes, cometidos hacia los profesores y demás personal del Centro.
b. El acoso físico o moral a los compañeros.
c. El uso de la violencia, las agresiones, las ofensas graves y los actos que atenten gravemente contra la intimidad o las buenas costumbres sociales, contra los compañeros o los demás miembros de la Comunidad Educativa.
d. La discriminación, las vejaciones o las humillaciones a cualquier miembro de la Comunidad Educativa, ya sea por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, orientación sexual, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
e. La grabación, publicidad o difusión, a través de cualquier medio o soporte, de agresiones o humillaciones cometidas.
f. Los daños graves, causados intencionadamente o por uso indebido, en las instalaciones, materiales y documentos del Centro o en las pertenencias de otros miembros de la Comunidad Educativa.
g. La suplantación de personalidad y la falsificación o sustracción de documentos académicos.
h. El uso, consumo, la incitación al mismo o la introducción en el Centro de objetos o sustancias perjudiciales para la salud o peligrosas para la integridad personal de los miembros de la Comunidad Educativa (objetos punzantes, bebidas alcohólicas, tabaco,…).
i. La perturbación grave del normal desarrollo de las actividades del Centro y, en general, cualquier incumpliendo grave de las normas de conducta.
j. La reiteración en el mismo trimestre de dos o más faltas graves.
k. El incumpliendo de la sanción impuesta por la comisión de una falta grave.

B. Las faltas muy graves se podrán corregir con las siguientes medidas correctoras:
a. Realización de tareas en el Centro fuera del horario lectivo, que podrán contribuir al mejor desarrollo de las actividades del Centro o, si procede, dirigidas a reparar los daños causados.
b. Prohibición temporal de participar en las actividades extraescolares o complementarias del Centro, por un periodo máximo de tres meses.
c. Cambio de grupo del alumno.
d. Expulsión de determinadas clases por un periodo superior a seis días e inferior a dos semanas.
e. Expulsión del Centro por un periodo superior a seis días lectivos e inferior a un mes.
f. Cambio de Centro, cuando no proceda la expulsión definitiva por tratarse de un alumno de enseñanza obligatoria.
C. Con el fin de no interrumpir el proceso educativo, cuando se apliquen las medidas correctoras previstas en las letras b), d) y e) del apartado anterior, el alumno realizará las tareas y actividades que determine el profesorado que le imparte clase.
D. La aplicación de la medida correctora prevista en la letra f) del apartado B) se producirá cuando la gravedad de los hechos cometidos y la presencia del alumno que los cometa en el Centro supongan menoscabo de los derechos o de la dignidad para otros miembros de la Comunidad Educativa. Asimismo, se adoptará esta medida correctora en caso de agresión física, amenazas o insultos graves a un profesor.
E. El alumno que sea cambiado de Centro deberá realizar las actividades y tareas que se determinen y que se desarrollarán en la forma en que se articule conjuntamente por los equipos directivos de los dos Centros afectados.
F. Será competente para adoptar una medida correctora por falta muy grave el Director del Centro. Siempre quedará constancia escrita de la falta muy grave y de la medida impuesta, bien en el Acta de Falta Muy Grave o en el Expediente incoado por el Procedimiento Especial. Estos documentos quedarán bajo la custodia del Director.
G. Los casos de faltas graves reiteradas se informarán a la Inspección Educativa.
H. Las faltas muy graves prescribirán en el plazo de doce meses a partir de la fecha de su comisión, excluyéndose del cómputo periodos vacacionales. La medida correctora impuesta por falta muy grave prescribirá en el plazo de doce meses contados desde la fecha de comunicación de la misma.

DERECHOS Y DEBERES DE LAS FAMILIAS

DERECHOS

• Participar en la labor educativa desarrollada por el Centro y de manera especial en las actividades complementarias y extraescolares que se realicen.
• Velar, en el ejercicio de sus competencias, por el cumplimiento de los acuerdos tomados por todos los órganos del Centro y, que los mismos, respeten la normativa vigente.
• Estar informados del proceso educativo y de la conducta de sus hij@s, del progreso del aprendizaje y su integración socioeducativa dentro de los horarios de atención previstos, salvo circunstancias especiales o excepcionales que así lo aconsejen a las partes. Participar en el proceso de enseñanza y aprendizaje de sus hijos.
• Ser consultados, con carácter previo, ante cualquier decisión que afecte de manera significativa a sus hijos.
• Elegir, libremente, que sus hijos reciban enseñanza de religión o no, sin necesidad de declaración alguna sobre su ideología, religión o creencia.
• Participar, a través de los canales que marque la normativa vigente, en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del Centro.
• Elegir y ser elegido para formar parte de los órganos colegiados en los que los padres y madres tengan representación.
• Reclamar las calificaciones de sus hijos en los plazos fijados.
• Hacer las consultas, presentar quejas o reclamaciones que estime oportunas.

DEBERES

• Responsabilizarse de que sus hijos asistan al colegio de forma regular y debidamente aseados y desparasitados.
• Proporcionar los recursos necesarios, materiales y las condiciones necesarias para el progresos escolar de sus hijos o tutelados
• Ser puntuales a las entradas y salidas de los niños al colegio, evitando aglomeraciones que obstaculicen los accesos al Centro.
• Justificar los retrasos y ausencias de sus hijos, de forma escrita y debidamente fechada y firmada.
• Asistir a las reuniones a la que los maestros les convocan de manera individual o colectiva, salvo causa justificada.
• Acudir al llamamiento que les hagan los maestros, la dirección o cualquiera de los órganos colegiados del Centro para asuntos relacionados con la conducta o el rendimiento escolar de sus hijos.
• Respetar y hacer respetar las normas establecidas en el Centro, fomentando la colaboración y el diálogo con todos los miembros de la Comunidad Educativa, especialmente con los maestros.
• Participar de manera activa en las actividades que se establezcan en el Centro para mejorar el rendimiento de sus hijos.
• Orientar y estimular el respeto y cumplimiento de las obligaciones que les corresponden en relación con la educación de sus hijos, en especial para que lleven a cabo las actividades de estudio que se les encomienden.
• No entrar en las aulas en horario lectivo.
• Firmar las calificaciones de sus hijos, así como las notas del profesor y colegio.
• Comunicar inmediatamente a la Dirección del Centro los casos graves de enfermedad infecto-contagiosa de sus hijos.
• Responsabilizarse de comunicar inmediatamente por escrito las variaciones que pudiera haber de su dirección o número telefónico. En caso de no hacerlo el Centro no se responsabilizará de no comunicar a las familias las incidencias que surgieran.
• Asimismo, deberán comunicar inmediatamente todo cambio de documentación que afecte al alumno y a ellos mismos (identidad, familia numerosa, perceptores RMI, ayudas de Servicios Sociales…)
• Respetar la libertad de conciencia y las convicciones ideológicas, políticas, religiosas y morales, así como la dignidad, integridad e intimidad de los miembros de la comunidad educativa
• Velar para que sus hijos cumplan las normas establecidas en el Centro y sigan las indicaciones y tareas educativas que les encomiendan sus profesores desde una actitud de respeto y obediencia a éstos.
• Todos aquellos que redunden en facilitar la tarea educativa realizada por el colegio.

RECOMENDACIONES GENERALES

1. Para facilitar el aviso a las familias en caso de alguna emergencia es necesario que comuniquen de forma inmediata al Colegio cualquier cambio de teléfono o de domicilio. (Es una obligación legal comunicar estos datos al colegio y mantener actualizado cualquier medio de comunicación entre la familia y el colegio: números de teléfono, e-mail…).

2. Recuerde que necesitamos tener actualizados los datos de los alumnos y sus familias tanto del domicilio (padrón) o de sus documentos personales (DNI, Pasaporte, Tarjeta de residencia, cambios de situación familiar, nacionalidad,…) imprescindibles para cualquier trámite administrativo del Colegio (becas, ayudas…)

3. No está permitido observar a los alumnos desde la valla del colegio ya que pueden interrumpir sus juegos en los recreos y molestar a otros alumnos. Nunca deben darles alimentos u objetos a través de ésta (se puede hacer en conserjería).

4. Es importante que mantengan el contacto de forma continuada y responsable con los profesores tutores de sus hijos ya sea a través de agenda, la aplicación Roble, el correo electrónico institucional y entrevistas personales si fuera posible o telefónicamente.

5. El colegio es la continuación de la casa para el niño. Si tiene algún comentario que hacer, acuda en primer lugar al tutor/a o, si fuese, necesario a Jefatura de Estudios o Dirección. Estaremos siempre dispuestos al diálogo para favorecer la educación de vuestro hijo.

6. Es imprescindible el control diario de las tareas de los alumnos y la firma de sus agendas escolares y/o contestación a mensajes de los profesores para constatar que recibe la información transmitida por los docentes.

7. La información de nuestro colegio se actualiza y publica periódicamente en la página web del centro (consulta de libros, becas, información general…): www.colegiobecquer.es, además del tablón de anuncios del colegio.