Tras la valoración de la documentación presentada por las empresas participantes en la fase de contratos
basados, las puntuaciones parciales y totales obtenidas por cada empresa han sido las siguientes:

El Director/a del CEIP CAMPOHERMOSO, a la vista de las puntuaciones obtenidas por las empresas
participantes en la fase de contratos basados del acuerdo marco para la prestación del servicio de comedor
escolar en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid y actuaciones
complementarias inherentes al mismo acuerda la adjudicación del servicio de comedor escolar para el curso
2021/22 a la empresa:
COCINAS CENTRALES S.A. con CIF A78538774
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter
potestativo, recurso especial en materia de contratación, anunciándolo previamente mediante escrito
presentado ante este centro educativo, en el plazo de quince días hábiles contados desde el día siguiente a
aquel en que se remita la notificación de la presente Orden de adjudicación, ante el mismo órgano que lo ha
dictado, o ante el Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, o bien,
directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al
de la recepción de la notificación, ante la Sala de lo Contencioso – Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Madrid, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer, todo ello
conforme a lo dispuesto en los artículos 44 y siguientes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del
Sector Público, artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, y artículos 8 a 12 y 46 de la Ley 29/1997, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
En Humanes de Madrid a 01 de octubre de 2021
