Con el presente Plan de Convivencia (conjunto de derechos, deberes, normas de funcionamiento…) pretendemos facilitar la convivencia de todos los miembros de la Comunidad Educativa: profesores, alumnos, padres/madres y personal no docente. Asimismo tiene como finalidad primordial ser un instrumento que colabore en proporcionar una educación integral, igualitaria y ajustada a las necesidades de los alumnos.
Para su elaboración hemos considerado primordial basarnos en los siguientes principios: respeto a la conciencia ética y moral de la persona, pluralismo y diversidad, humanismo, comprensión y tolerancia.
Tampoco hemos obviado la finalidad educativa de este plan: la adquisición de hábitos intelectuales, de trabajo y de conducta; el fomento de la capacidad para el desarrollo y progresiva integración en la sociedad; y la cooperación activa de todos los miembros de la comunidad educativa.
Objetivos del Plan de Convivencia:
- Respetar los principios democráticos de convivencia, los derechos y libertades fundamentales de la persona.
- Dotar al centro educativo de marcos de referencia para su funcionamiento.
- Organizar y delimitar funciones, derechos y deberes de todos y cada uno de los miembros de la comunidad educativa.
- Establecer y desarrollar los mecanismos de participación de todos los miembros de la comunidad educativa.
- Dotar al centro de un documento organizativo que regule el funcionamiento interno de todos los miembros de la comunidad educativa.
- Crear un clima de aceptación y confianza que favorezca la comunicación y comprensión y potencie la autoestima personal.
- Servir de referencia general que asegure la educación integral a los alumnos.
- Promover y desarrollar actuaciones relativas al fomento de la convivencia en nuestro centro, en el que están integrados todos los miembros de la comunidad educativa.
- Fomentar el respeto hacia las diferencias individuales de cualquier clase: culturales, étnicas, intelectuales, físicas, religiosas… y conseguir que el alumnado considere la diversidad de culturas como un bien universal que enriquece la calidad humana.
- Propiciar desde la acción tutorial, la participación responsable de los alumnos en la resolución pacífica de los conflictos que les afecta.
- Dar respuesta a las necesidades educativas del alumnado de Educación Especial y refuerzo, o a los casos de alumnos que presentan conductas disruptivas y contrarias a las normas de convivencia.
- Servir de marco de referencia sobre el procedimiento de información a las familias en relación a la marcha curricular del alumnado, los criterios de promoción, calificación, evaluación…
- Fijar los medios y procedimientos de reclamación para padres sobre evaluación, calificación y promoción de alumnos.
Derechos y deberes de la Comunidad Educativa:
Profesorado: derechos, funciones y deberes
DERECHOS
Son derechos inalienables de los profesores de este Centro, además de los generales que se derivan de la Constitución Española de 1978 los que se relacionan, contenidos en este Plan de Convivencia:
- Libertad de cátedra.
- Participar activamente en la gestión del centro a través de sus representantes.
- Presentar propuestas ante los órganos correspondientes, o ante la Administración.
- Asistir a las reuniones del Claustro, independientemente de su situación administrativa.
- Informar y ser informado de cuanto interese a la vida del colegio.
- Convocar Claustro con el apoyo de, al menos, un tercio de sus miembros.
- Dirigir, bajo su responsabilidad y de acuerdo con la organización del centro y las leyes establecidas, la formación de un grupo de alumnos.
- Enfocar didácticamente sus clases, de acuerdo con sus criterios profesionales, aunque respetando la organización pedagógica del centro.
- En Educación Infantil establecer, según las disposiciones vigentes, el periodo de adaptación, adaptando éste a las características del grupo además de disponer de las condiciones ambientales adecuadas para esta etapa.
- Convocar por propia iniciativa a padres o tutores legales en el momento que lo considere oportuno para tratar temas relacionados con la evolución educativa de sus hijos, procurando en la medida de lo posible que sea dentro del horario establecido para ello. En caso de reunión extraordinaria el profesor tutor podrá convocar previo aviso al equipo directivo.
- Recibir el material suficiente, dentro de lo posible, para realizar correctamente su función pedagógica y a que se tenga en cuenta sus opiniones a la hora de confeccionar el presupuesto de gastos.
- Elegir, de acuerdo con la ley y con los criterios que se establezcan por los órganos correspondientes, tutoría o especialidad.
- Acudir al Consejo Escolar a defenderse o defender cuestiones que considere importantes en relación con su persona, sus alumnos o el aula en la que desarrolla su trabajo cuando se haya hecho referencia a alguno de estos aspectos en el Consejo Escolar previa solicitud a su presidencia.
FUNCIONES
- La programación y la enseñanza de las áreas, materias y módulos que tengan encomendados.
- La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, así como la evaluación de los procesos de enseñanza.
- La tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con las familias.
- La orientación educativa, académica y profesional de los alumnos, en colaboración, en su caso, con los servicios o departamentos especializados.
- La atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del alumnado.
- La promoción, organización y participación en las actividades complementarias, dentro o fuera del recinto educativo, programadas por los centros.
- La contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de respeto, de tolerancia, de participación y de libertad para fomentar en los alumnos los valores de la ciudadanía democrática.
- La información periódica a las familias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas, así como la orientación para su cooperación en el mismo.
- La coordinación de las actividades docentes, de gestión y de dirección que les sean encomendadas.
- La participación en la actividad general del centro.
- La participación en los planes de evaluación que determinen las Administraciones educativas o los propios centros.
- La investigación, la experimentación y la mejora permanente de los procesos de enseñanza correspondiente.
- Los profesores realizarán las funciones expresadas anteriormente bajo el principio de colaboración y trabajo en equipo.
DEBERES
El personal docente, aparte de los deberes que por ley tienen como perteneciente a la plantilla de la Administración Pública, debe :
- Asistir a las clases con puntualidad.>
- Justificar las ausencias en la forma que establecen las leyes.
- Asistir al Claustro siempre que se le convoque debidamente.
- Asistir a las reuniones que convoquen los órganos unipersonales, y que hayan sido aprobadas en el plan anual o en la memoria anual.
- Mantener la permanencia en el centro durante la jornada escolar (lectiva y no lectiva) establecida.
- Programar el trabajo escolar en coordinación con el equipo correspondiente y según las normas de funcionamiento pedagógico establecidas.
- Realizar la evaluación continuada a los alumnos, registrar sus resultados, así como mantener actualizado el registro de incidencias de los alumnos (faltas de asistencia y puntualidad, faltas a la convivencia…).
- Informar a los padres sobre los criterios de evaluación, calificación y promoción.
- Asumir, una vez debatidos y siempre que sean dentro de la ley, los acuerdos que los órganos colegiados tomen, cumplirlos y colaborar para que se cumplan.
- Participar en la organización del centro, a través de su estructura.
Alumnos: derechos y deberes
DERECHOS
Son derechos de los alumnos de este Centro:
- Los alumnos tienen derecho a recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad.
- Todos los alumnos tienen derecho a las mismas oportunidades de acceso a los distintos niveles de enseñanza.
- Los alumnos tienen derecho a que su rendimiento escolar sea evaluado con plena objetividad.
- Todos los alumnos tienen derecho a recibir orientación escolar y profesional para conseguir el máximo desarrollo personal, social y profesional, según sus capacidades, aspiraciones o intereses.
- Todos los alumnos tienen derecho a que su actividad académica se desarrolle en las debidas condiciones de seguridad e higiene.
- Los alumnos tienen derecho a que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones religiosas, morales o ideológicas, así como su intimidad en lo que respecta a tales creencias o convicciones.
- Todos los alumnos tienen derecho a que se respete su integridad física y moral y su dignidad personal, no pudiendo ser objeto, en ningún caso, de tratos vejatorios o degradantes.
- El centro docente estará obligado a guardar reserva sobre toda aquella información de que disponga acerca de las circunstancias personales y familiares del alumno. No obstante, el centro comunicará a la autoridad competente las circunstancias que puedan implicar malos tratos para el alumno o cualquier otro incumplimiento de los deberes establecidos por las leyes de protección de los menores.
- Utilizar las instalaciones del centro adecuadamente según las normas y el horario establecido.
- Participar en las actividades complementarias de los centros docentes.
- Recibir las ayudas precisas para compensar posibles carencias de tipo familiar, económico y sociocultural.
- Protección social cuando se den determinadas condiciones académicas y económicas.
- Cuando no se respeten los derechos de los alumnos, o cuando cualquier miembro de la comunidad educativa impida el efectivo ejercicio de dichos derechos, el órgano competente del centro adoptará las medidas que procedan conforme a lo dispuesto en la legislación vigente, previa audiencia de los interesados y consulta, en su caso, al Consejo Escolar del centro.
DEBERES
Los deberes de los alumnos, entre otros, son los que siguen:
- Estudiar con aprovechamiento y respetar el ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros.
- Esforzarse por adquirir el legado cultural, científico y moral de la sociedad en que se desenvuelve
- Asistir a clase con puntualidad y participar en las actividades orientadas al desarrollo de los planes de estudio.
- Respetar y cumplir los horarios aprobados para el desarrollo de las actividades del centro.
- Seguir las orientaciones del profesorado y del personal no docente respecto de su aprendizaje y mostrarle el debido respeto y consideración tanto en el aula como en el resto del recinto escolar.
- Respetar a todos los miembros de la comunidad educativa (profesores, compañeros, padres y personal no docente)
- Respetar la libertad de conciencia e ideológica y las convicciones religiosas y morales de los miembros de la comunidad educativa así como su dignidad, integridad e intimidad.
- No discriminar a ningún miembro de la comunidad educativa por razón de nacimiento, etnia, género, religión, circunstancia personal y social.
- Respetar el Proyecto Educativo de Centro.
- Cuidar y utilizar adecuadamente los bienes muebles e inmuebles del centro, así como las pertenencias de los miembros de la comunidad educativa.
- Participar en la vida del centro.
- Cuidar de su higiene personal y no realizar actividades perjudiciales para la salud ni incitar a ellas
- Traer el material escolar y libros de texto necesarios para un adecuado desarrollo de las actividades lectivas.
- Cuidar y respetar todos los materiales que el centro pone a disposición de los alumnos y profesores.
- Mantener una actitud correcta en clase, no permitiéndose el uso de móviles, otros dispositivos electrónicos o cualquier objeto que pueden distraer al propio alumno o a sus compañeros.
- Tratar con corrección a todos los compañeros, no permitiéndose en ningún caso, el ejercicio de la violencia física o verbal.
Padres/madres: derechos y deberes
DERECHOS
- Ser informado de los criterios de evaluación, calificación y promoción.
- Solicitar y recibir la información referente a la educación de sus hijos.
- Reclamar, por el conducto correspondiente, las medidas o sanciones que hayan sido aplicadas a sus hijos.
- Estar representado en el Consejo Escolar del centro, participando en la elección de sus representantes naturales.
- Ser candidato a las elecciones para representantes de padres ante el Consejo Escolar.
- Asistir y participar en las reuniones convocadas por el centro para padres.
- Solicitar reuniones con los tutores de sus hijos para abordar cuestiones propias de la educación y/o comportamiento de los mismos.
- A que sus hijos reciban una educación religiosa y moral de acuerdo con sus propias convicciones, siempre que el colegio pueda ofrecerla.
- A que sus hijos reciban una educación conforme a los principios establecidos en la Constitución Española.
- Afiliarse libremente a alguna Asociación de Padres de Alumnos.
DEBERES
- Colaborar, en la medida de lo posible y siempre que se lo solicite el profesor, en las actividades complementarias de su hijo .
- Enviar diaria y puntualmente a sus hijos al centro, justificando las faltas siempre de forma documental.
- No permitir, excepto en casos urgentes y necesarios, la salida de sus hijos del centro, durante el horario lectivo y siempre que sea necesario, recogerlos personalmente o personas autorizadas.
- Leer y conocer los informes, notas, circulares y cuantas comunicaciones oficiales le envíe el centro y dar fe de haberlas recibido.
- Mantenerse localizado durante las horas lectivas para, en caso de necesidad urgente de comunicación o de accidente de su hijo, tomar las medidas oportunas.
- Respetar la dignidad y función de los profesores y de todos cuantos trabajan en el Centro o se relacionan con él, contribuyendo activamente a que su hijo así lo haga.
- Aceptar los acuerdos de los Órganos colegiados.
- No permitir la recogida de los alumnos de Educación Infantil y Primaria por personas no autorizadas, ni menores de 18 años. En caso de que esto ocurra tendrá que tener autorización y se comunicará a Servicios Sociales
- Proporcionar a sus hijos el material y los libros de texto necesarios para el buen desarrollo de las actividades escolares.
- Traer a los niños con las condiciones de higiene y salud adecuadas.
- En caso de viajes de duración superior a una semana, los padres deberán informar al tutor, entregándole fotocopia del billete y justificante para mantener la plaza en el centro.
Relación entre padres/madres y profesores
La legislación educativa vigente establece las reuniones generales y entrevistas individuales que los maestros-tutores deben mantener con los padres de sus alumnos:
- Se reunirá de manera colectiva con los padres al menos una vez al Trimestre.
- Cada tutor y/o profesor especialista dispondrá de una hora a la semana en la que atenderá a los padres que así lo deseen.
Reunión de comienzo de curso
El maestro-tutor celebrará la primera reunión con el conjunto de padres en los primeros días de septiembre, donde informará al menos de los siguientes temas:
- Presentación de los maestros del grupo de alumnos.
- Horario del aula.
- Calendario de entrevistas con los padres.
- Información sobre el PEC, proyectos curriculares y el RRI.
- Asistencia, puntualidad e higiene.
- Normas de convivencia.
- Criterios de evaluación, calificación, recuperación y promoción.
- Actividades complementarias y extraescolares
- Otros, a criterio del tutor
Horario de atención a las familias
En los horarios individuales de los docentes se incluirá una hora complementaria semanal de obligada permanencia para la atención a los padres. Esta hora, que será la misma para todo el centro, se fijará al comienzo de cada curso escolar.
El profesorado puntualmente podrá atender en otro horario cuando así lo haya solicitado la familia y el profesor esté de acuerdo; no obstante no se deberá atender a los padres durante el horario establecido para la docencia.
Entrevista de los padres/madres con profesores especialistas
Cuando un padre desee solicitar una entrevista con alguno de los profesores de un área determinada, no impartida por el tutor, el procedimiento general a seguir será el siguiente:
- El padre solicitará la entrevista a través de la agenda del alumno o, en su defecto, mediante la entrega de una nota firmada que será entregada al tutor.
- El profesor tutor, a su vez, será el encargado de consultar la fecha de la cita con el profesor especialista y dar una respuesta al padre ya sea utilizando la agenda o mediante una nota.
Información sobre concreciones curriculares
Los padres podrán solicitar información sobre lo establecido en las diferentes concreciones curriculares, para ello demandarán una cita con el profesor correspondiente a través de la agenda del alumno o de una nota firmada.
El profesor devolverá la agenda o nota con la fecha y hora en la que podrá atender a los padres para realizar estas consultas.
Comunicación de los datos sobre evaluación y calificación
Los Maestros Tutores informarán a las familias sobre el proceso de evaluación continua de sus hijos. Estos informes se realizarán tres veces al año, en los periodos establecidos en la Programación General Anual, que suelen coincidir con las siguientes fechas:
- Antes de las vacaciones de Navidad
- Antes de las vacaciones de Semana Santa.
- Al finalizar el curso.
Los informes pueden entregarse por norma general a los alumnos, a excepción de los casos en que el profesor estime conveniente hacerlo directamente a los padres. También podrán variar las fechas en función de las necesidades del centro.
Los padres de alumnos tendrán acceso al material de evaluación, previa petición al maestro correspondiente, quien los recibirá en su horario de visita de padres.
Procedimientos y criterios de evaluación y promoción
Los tutores y los profesores de las distintas áreas informarán a los alumnos de su grupo y a sus familias (en las reuniones generales de principio de curso y, en su defecto, en las entrevistas individuales con los padres o por cualquier otro medio) sobre los objetivos mínimos programados en cada área de conocimiento y sobre los criterios, instrumentos y procedimientos de evaluación que se aplicarán en la evaluación de los aprendizajes a lo largo del curso. También informarán detalladamente sobre los criterios de promoción, en particular a los alumnos susceptibles de promocionar a la Educación Secundaria Obligatoria.
Esta información general de principio de curso garantizará el derecho que asiste a los alumnos y a sus familias a una evaluación objetiva y a la valoración de su dedicación, esfuerzo y rendimiento escolar sobre objetivos, competencias básicas, contenidos y criterios de evaluación de cada una de las áreas.
Del mismo modo, con carácter trimestral, se programarán reuniones con cada grupo de alumnos para dar a conocer los objetivos de cada área durante el trimestre y los criterios de evaluación y de promoción con el fin de motivar la conducta del alumnado y su interés por los aprendizajes. Asimismo con el objeto de favorecer la evaluación continua, sería conveniente que en cada uno de los bloques de materia se reforzara y recordara esta información para que conozcan los procedimientos de evaluación y así se favorezca su progresión académica.
Además, una vez celebrada cada junta de evaluación, se informará a los padres de los alumnos a quienes corresponda, de las medidas acordadas en esta reunión en cuanto a medidas adoptadas en relación a refuerzo educativo u otras derivadas de la evaluación. Con este fin se utilizará el modelo de documento aprobado a tal efecto y que se entregará conjuntamente con el boletín de notas.
Criterios comunes de promoción
Como norma general los alumnos de Educación Primaria no promocionarán al curso inmediatamente superior en los siguientes casos:
- Aquellos que tengan suspensas las Áreas de Lengua y Matemáticas.
- Los que, además de suspender un solo área instrumental (Lengua Castellana y Literatura o Matemáticas), tengan suspensas una de las siguientes áreas: Ciencias de la Naturaleza, Ciencias Sociales o Primera Lengua Extranjera (Inglés).
- Quienes tengan tres o más asignaturas suspendidas.
No obstante, en determinadas casos, se valorarán a la hora de promocionar en el curso inmediatamente superior otras circunstancias del alumno: personales, grado y ventajas de la integración en el grupo-clase, académicas, como la posibilidad de alcanzar los objetivos del curso en el curso siguiente…
Criterios de promoción de alumnos acnee en Educación Primaria
Los alumnos con necesidades educativas especiales promocionarán siempre que vayan superando los objetivos marcados en sus adaptaciones curriculares.
Asimismo, con el fin de dar la mejor solución pedagógica al alumno, el Equipo Docente junto con el representante del Equipo de Orientación estudiaran cada caso en particular y buscarán las respuestas más adecuadas al margen de estos criterios generales. Criterios comunes de evaluación.
Consideramos que en el contexto de un currículo basado en la adquisición, por parte del alumnado, de competencias básicas, se debe tener en cuenta la relativa relevancia de las pruebas e instrumentos que evalúan sólo conocimientos. Consecuentemente, se deberán diversificar las técnicas, situaciones e instrumentos de evaluación, entre otros, los siguientes:
- La observación de alumnado, tanto en el trabajo individual como en el grupal, y su adecuado registro (especialmente necesario para los criterios comunes)
- El análisis del trabajo cotidiano de los alumnos/as, a través de cuadernos, fichas de trabajo, proyectos…
- La valoración de la participación en las actividades de aprendizaje
- La calidad de las aportaciones y sugerencias en el marco de tareas de grupo (debates, intercambios, asambleas…)
- La valoración de la colaboración entre el alumnado y su conducta en los diferentes espacios escolares.
- La realización de las tareas (en clase, en casa, en otros contextos…)
- Pruebas orales y escritas, que deberán garantizar la valoración de aspectos no sólo conceptuales sino también con los procedimientos y habilidades.
De modo que la evaluación del aprendizaje del alumnado, como norma general, se podría concretar en la valoración general de los siguientes criterios:
- Reconocimiento y comprensión de las ideas principales del área.
- Conocimiento del vocabulario específico usado en el área.
- Retención y asimilación de los principios y leyes del área.
- Expresión adecuada de ideas.
- Resolución de problemas y situaciones con aplicación de los principios básicos del área.
- Interpretación, obtención, relación, organización y resumen adecuado de datos, conceptos e ideas.
- Uso correcto de la ortografía.
- Orden, claridad y limpieza en los exámenes y en el trabajo diario.
- Comprende lo que lee y escucha distinguiendo lo esencial de lo secundario.
- Atención e interés.
- Asistencia a clase.
- Puntualidad.
- Participación tanto individual como en grupo.
- Realización regular de las actividades propuestas para el aprendizaje.
- Trabajo y comportamiento adecuado en clase
- Respeto de las normas de convivencia.
- Trae a clase el material escolar.
Por último, es muy importante tener en cuenta la necesidad de adecuar las herramientas de evaluación a la apreciación del grado de adquisición de competencias básicas, más que al dominio de determinados conocimientos disciplinares (unidades de evaluación).
Por tanto los instrumentos de evaluación que proponemos los podemos agrupar en dos modalidades: de utilización continua y de utilización programada.
- Instrumentos de utilización continua, que permitan valorar preferentemente los procedimientos y las actitudes; los cuales podrían ser: revisión del cuaderno o carpeta de trabajo, observación de sus actitudes, grado de participación en las clases, contestación en el normal transcurrir de las clases a preguntas orales, intervenciones en la pizarra y cuantas otras que puedan observarse de manera continua.
- Instrumentos de utilización programada, que permitan valorar preferentemente los conceptos y los procedimientos; que podrían consistir en presentación de trabajos, lecturas de libros o artículos con su correspondiente evaluación, exámenes escritos y orales, pruebas objetivas y cuantas otras que puedan calificarse de manera discontinua.
Momentos de evaluación
En relación al tiempo, durante el primer mes del curso escolar, los tutores y tutoras realizarán una evaluación inicial del alumnado. Esta evaluación incluirá el análisis de los informes personales de la etapa o curso anterior correspondientes a los alumnos y alumnas de su grupo, que se completarán con otros datos obtenidos por el propio tutor o tutora sobre el punto de partida desde el que el alumno o alumna inicia los nuevos aprendizajes.
La evaluación inicial será el punto de referencia del equipo docente para la toma de decisiones relativas al desarrollo del currículo y para su adecuación a las características y conocimientos del alumnado.
El equipo docente, como consecuencia del resultado de la evaluación inicial, adoptará las medidas pertinentes de apoyo, refuerzo y recuperación para aquellos alumnos y alumnas que lo precisen o de adaptación curricular para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.
La evaluación continua será realizada por el equipo docente que actuará de manera colegiada a lo largo del proceso de evaluación y en la adopción de las decisiones resultantes del mismo, coordinados por quien ejerza la tutoría. Dicho equipo podrá recabar el asesoramiento del equipo de orientación educativa correspondiente.
Los procedimientos formales de evaluación, su naturaleza, aplicación y criterios de corrección deberán ser conocidos por el alumnado, con el objetivo de hacer de la evaluación una actividad educativa.
En el proceso de evaluación continua, cuando el progreso de un alumno o alumna no sea el adecuado, se adoptarán las medidas de atención a la diversidad que procedan.
Estas medidas se adoptarán en cualquier momento del curso, tan pronto como se detecten las dificultades, y estarán dirigidas a garantizar la adquisición de los aprendizajes imprescindibles para continuar el proceso educativo.
Sesiones de evaluación
La sesión de evaluación es la reunión del equipo docente coordinada por el maestro tutor o maestra tutora para intercambiar información y adoptar decisiones sobre el proceso de aprendizaje del alumnado orientadas a su mejora.
A lo largo de cada uno de los cursos, dentro del período lectivo, se realizarán para cada grupo de alumnos y alumnas, al menos, tres sesiones de evaluación, sin perjuicio de lo que, a estos efectos, los centros docentes puedan recoger en sus respectivos proyectos educativos.
El tutor o tutora de cada grupo levantará acta del desarrollo de las sesiones, en la que se harán constar los acuerdos y decisiones adoptados. La valoración de los resultados derivados de estos acuerdos y decisiones constituirá el punto de partida de la siguiente sesión de evaluación.
Los resultados de la evaluación de cada área, según la Orden 3622/2014 de 3 de diciembre de la Comunidad de Madrid, se expresarán en los siguientes términos:
- Insuficiente: 1, 2, 3, o 4.
- Suficiente: 5.
- Bien: 6.
- Notable: 7 u 8.
- Sobresaliente: 9 o 10.
Considerándose calificación negativa el Insuficiente y positivas todas las demás.
En las sesiones de evaluación se acordará también la información que, sobre el proceso personal de aprendizaje, se transmitirá a cada alumno y a su familia de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.
Derecho de las familias a información relativa a la evaluación
Con el fin de garantizar el derecho de las familias a participar en el proceso educativo de sus hijos, los tutores, así como el resto del profesorado, informarán a los padres sobre la evolución escolar de sus hijos.
Esta información se referirá a los objetivos establecidos en el currículo y a los progresos y dificultades detectados en el grado de adquisición de las competencias básicas y en la consecución de los objetivos de cada una de las áreas. A tales efectos, los tutores requerirán, en su caso, la colaboración de los restantes miembros del equipo docente.
Como mencionamos anteriormente, al menos tres veces a lo largo del curso el tutor o tutora informará por escrito a los padres del alumnado sobre el aprovechamiento académico de este y la evolución de su proceso educativo.
Al finalizar el curso, se informará por escrito a los padres acerca de los resultados de la evaluación final. Dicha información incluirá, al menos, las calificaciones obtenidas en las distintas áreas cursadas, la decisión acerca de su promoción al curso siguiente, si procede, y las medidas adoptadas, en su caso, para que el alumno o alumna alcance las competencias básicas y los objetivos establecidos en cada una de las áreas, según los criterios de evaluación correspondientes.
Reclamación de calificaciones
El alumnado podrá solicitar al profesorado responsable de las distintas materias aclaraciones acerca de las evaluaciones que se realicen para la mejora de su proceso de aprendizaje. Asimismo, los padres, madres o tutores legales ejercerán este derecho a través del profesor tutor o profesora tutora.
Los padres, en caso de no estar de acuerdo con las decisiones tomadas, podrán formular reclamaciones sobre la evaluación final del aprendizaje de sus hijos, así como sobre la decisión de promoción. Con este fin podrán seguir el siguiente procedimiento:
DENTRO DEL CENTRO:
- Se dirigirá el padre al tutor manifestando los motivos de su desacuerdo, a lo que el tutor deberá justificar dicha calificación enseñando los criterios de evaluación, expuestos con anterioridad, si han sido bien aplicados, mostrar las anotaciones registradas para la consecución de dicha calificación (calificación en la prueba o control, en el trabajo de casa, en la libreta…). Si no se llega a una conformidad, el profesor tutor recogerá por escrito la reclamación interpuesta por el padre, dando una copia al Jefe de estudios y otra al coordinador de Equipo docente, para su custodia.
- Con posterioridad y en caso de seguir en desacuerdo, el padre se dirigirá al Jefe de estudios para manifestar la disconformidad. El Jefe de estudios tendrá 2 días como máximo para investigar los hechos y dar una respuesta a los padres. El Jefe de estudios recogerá por escrito la reclamación interpuesta por el padres y, en desacuerdo, podrá manifestar su disconformidad ante el Director del centro.
- El Director del centro hará un seguimiento de los hechos, intentado resolver o aclarar las dudas existentes. Con la ayuda del Jefe de estudios hará un informe del proceso llevado a cabo. En caso de no estar conforme el padre podrá acudir al Servicio de Inspección Educativa para continuar con su reclamación.
FUERA DEL CENTRO:
En caso de no llegar a un acuerdo sobre el resultado de la evaluación o la promoción de los alumnos, los padres podrán dirigirse al Servicio de Inspección Educativa y/o a la Dirección de Área Territorial con el fin de poner una reclamación por escrito (recurso de alzada).
Con el fin de poder responder con criterio a estos aspectos, los materiales de evaluación y cualquier otro registro de alumnos se han de conservar en el centro durante los tres meses posteriores a la toma de las decisiones de evaluación y/o promoción. Custodia de pruebas, ejercicios y trabajos de alumnos.
Todos aquellos materiales, instrumentos, hojas de observaciones… de que se haya servido el profesorado para hacer la evaluación y la calificación de sus alumnos, serán custodiados por el profesorado mismo a lo largo del curso. Con este fin se utilizarán archivadores etiquetados para su identificación. Al finalizar el curso escolar, en el mes de junio, los profesores entregarán estos archivadores en Jefatura de Estudios donde quedarán custodiados hasta que finalice el plazo marcado por la normativa: tres meses desde que se pusieron las últimas calificaciones .
Aquellos profesores que abandonen el centro escolar ya sea por traslado, excedencia u cualquier otro motivo, deberán entregar también sus hojas de recogida de notas, cuadernos de observaciones, cuadernos de calificación y/o cualquier material en el que hayan basado las calificaciones y/o promoción de los alumnos. Siempre que los padres lo soliciten los profesores y el centro escolar está obligado a entregar una fotocopia de cualquier prueba, examen, trabajo… realizado por el alumno. No podrán pedir que se les entregue ninguna copia del cuaderno de observaciones, hoja de evaluación personal del profesor… ni ningún documento de carácter personal del profesorado.
Evaluación de alumnos con necedades de apoyo educativo
La evaluación del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo que curse las enseñanzas correspondientes a la educación primaria con adaptaciones curriculares será competencia del tutor, con el asesoramiento del equipo de orientación educativa. Los criterios de evaluación establecidos en dichas adaptaciones curriculares serán el referente fundamental para valorar el grado de adquisición de las competencias básicas.
Alumnos de incorporación tardía
En la evaluación del alumnado que se incorpore tardíamente al sistema educativo y que, por presentar graves carencias en la lengua española, reciba una atención específica en este ámbito, se tendrán en cuenta los informes que, a tales efectos, elabore el profesorado responsable de dicha atención.
Los alumnos extranjeros de nueva incorporación al sistema educativo podrán ser matriculados en el curso anterior.
Asociación de madres y padres de alumnos
La asociación de Madres y Padres de Alumnos es una entidad colectiva, con organización propia, con estructura jurídica independiente y que se vincula al Colegio para el mejor logro de aquellos objetivos que le son comunes. Sus fines conciernen a la defensa de los derechos de padres y alumnos en materia educativa y a la cooperación con el Centro Escolar. Se procurará siempre un clima de entendimiento y comprensión.
La A.M.P.A. se regirá dentro del centro en conformidad con las siguientes normas:
- Se reconoce el derecho de reunión. El colegio facilitará en la medida de lo posible un local apto para albergar la sede de la asociación y aquellos locales necesarios para las reuniones y actos organizados por la misma.
- El Colegio se encargará de facilitar en la medida de lo posible las instalaciones adecuadas para el desarrollo de actividades extraescolares, tanto culturales como deportivas, siempre de acuerdo con las horas no lectivas y de apertura del Centro. Dichas actividades no podrán interferir la actividad escolar.
- Se comunicará al Director cualquier reunión con un mínimo de tres días de antelación, para determinar local y hora.
- Tanto por parte del Centro como de la Asociación, se realizarán reuniones periódicas entre los órganos directivos de ambas entidades, para facilitar el intercambio informativo y las líneas de cooperación a través de sus representantes en el Consejo Escolar.
- La Asociación colaborará, en la medida de sus competencias, con sus propuestas en la realización y revisión del Proyecto Educativo y el Reglamento de Régimen Interno del Centro
- Podrá remitir por escrito al Consejo Escolar cuantos informes, propuestas y reclamaciones estime oportunas, dos días antes de la celebración de una sesión de Consejo Escolar,
- El Centro facilitará a la Asociación un ejemplar de los documentos básicos referentes a su funcionamiento.
FUNCIONES
Según el Real Decreto 1533/1986 las funciones de la AMPA son:
- Asistir a los padres o tutores en todo aquello que concierne a la educación de sus hijos.
- Colaborar en las actividades educativas de los centros.
- Promover la participación de los padres de los alumnos en la gestión del centro.
- Asistir a los padres de alumnos en el ejercicio de su derecho a intervenir en el control y gestión de los centros sostenidos con fondos públicos.
- Facilitar la representación y la participación de los padres de alumnos en los consejos escolares de los centros públicos y concertados y en otros órganos colegiados.
- Cualesquiera otras que, en el marco de la normativa a que se refiere el artículo anterior, le asignen sus respectivos estatutos.
Asimismo el R.D. 82/1996 otorga a la AMPA las siguientes funciones:
- Elevar al Consejo Escolar propuestas para la elaboración del Proyecto Educativo y de la Programación General Anual.
- Informar al Consejo Escolar de aquellos espetos de la marcha del centro que consideren oportuno.
- Informar a los padres de su actividad.
- Recibir información del Consejo Escolar sobre los temas tratados en el mismo, así como recibir el orden del día de dicho Consejo antes de su realización, con el objeto de poder elaborar propuestas.
- Elaborar informes para el Consejo Escolar a iniciativa propia o a petici6n de este.
- Elaborar propuestas de modificación del Reglamento de Régimen Interior.
- Formular propuestas para la realización de actividades complementarias,
- Conocer los resultados académicos y la valoraci6n que de los mismos realice el Consejo Escolar.
- Recibir información sobre los libros de texto y los materiales didácticos adoptados por el centro.
- Fomentar la colaboración entre los padres y los maestros del centro para el buen funcionamiento del mismo,
- Utilizar las instalaciones del centro en los términos que establezca el Consejo Escolar.
Personal no docente: derechos y deberes
Se entiende como personal no docente aquellas personas cuya actividad prioritaria, dentro del centro, no es la de impartir directamente enseñanza reglada a los alumnos. En nuestro centro está compuesto por auxiliar administrativo , conserje, personal de comedor, servicios de limpieza, mantenimiento del centro…
DERECHOS
- Todos aquellos que figuren en la contratación laboral o administrativa, siempre que se atengan a Ley.
- A hacer cuantas sugerencias y reclamaciones consideren oportunas, en el ámbito de sus competencias, ante la dirección del centro.
- A que se respete su dignidad y a ser oído por la dirección del centro ante reclamaciones o quejas de terceros.
DEBERES
- Todos aquellos que dimanen de su contratación laboral o administrativa.
- Colaborar, activamente, al cumplimiento de la Programación General del Centro, en su propio ámbito.
- A encontrarse en el transcurso de la jornada escolar, a disposición de la dirección, no ausentándose del centro en ese tiempo, sin el correspondiente permiso de la misma.
