PERIODO EXTRAORDINARIO ADMISIÓN COMIENZA EL 25 DE JUNIO
el periodo extraordinario comienza el 25 de junio, para infantil y primaria; y el 3 de julio para secundaria y bachillerato.
- Las familias presentarán la solicitud, bien de forma teletramitada o presencial, en el centro de 1ª opción, junto con la siguiente documentación:
* SOLICITUD CUMPLIMENTADA EN MAYÚSCULAS FIRMADA POR PADRE Y MADRE. (SE RECOGE EN EL SAE, EN LOS CENTROS O EN LA PÁG DE LA COMUNIDAD DE MADRID). SI ALGUNO DE LOS DOS NO PUEDE FIRMAR, SE TENDRÁ QUE ACREDITAR Y PRESENTAR DECLARACIÓN RESPONSABLE.
* FOTOCOPIA DE LA SOLICITUD COMPLIMENTADA.
* CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO DE LA UNIDAD FAMILIAR (SE RECOGE EN EL AYUNTAMIENTO), DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DEL DOMICILIO O LUGAR DE TRBAJO.
* FOTOCOPIA DEL LIBRO DE FAMILIA COMPLETO Y FOTOCOPIA DEL DNI, PASAPORTE O TARJETA DE RESIDENCIA DEL ALUMNO Y DE LOS PADRES DEL SOLICITANTE.
* FOTOCOPIA DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO (SOLO ALUMNOS QUE NO PRESENTEN LIBRO DE FAMILIA).
*CERTIFICADO DE ESCOLARIZACIÓN O DE MATRICULACIÓN CON NIA (SE RECOGE EN EL CENTRO DONDE ESTÁ ESCOLARIZADO EL ALUMNO).
El impreso lo podrán adquirir en la Secretaría Virtual, cuando salga, en cualquier centro solventado con fondos públicos, o en la sede del SAE.
NORMATIVA REGULA EL PROCESO DE ADMISIÓN DE ALUMNADO
►CURSO 2026-2027
- RESOLUCIÓN de 26 de noviembre de 2025, de la Viceconsejería de Política y Organización Educativa, por la que se dictan instrucciones sobre la participación en el proceso de admisión de alumnos en centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, así como las etapas de Educación Especial en la Comunidad de Madrid para el curso 2026-2027.
- RESOLUCIÓN de 11 de febrero de 2026, del Director General de Educación Infantil, Primaria y Especial, por la que se anuncia la fecha, hora y lugar para la celebración del sorteo público previsto para resolver posibles casos de empate en los procesos de admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid para el curso 2026-2027.
- Resultado del sorteo para resolver posibles empates: 0,1283.
- ORDEN 1240/2013, de 17 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la se establece el procedimiento para la admisión de alumnos en centros docentes sostenidos con fondos públicos de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la Comunidad de Madrid.
- ORDEN 592/2022, de 18 de marzo, de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, por la que se modifica la Orden 1240/2013, de 17 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establece el procedimiento para la admisión de alumnos en centros docentes sostenidos con fondos públicos de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la Comunidad de Madrid, y se actualiza el procedimiento para la justificación y baremación de los criterios de admisión.
- DECRETO 29/2013, de 11 de abril, del Consejo de Gobierno, de libertad de elección de centro escolar en la Comunidad de Madrid.
- DECRETO 244/2021, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 29/2013, de 11 de abril, de libertad de elección de centro escolar en la Comunidad de Madrid y se actualizan los criterios de admisión y su ponderación.
- ORDEN 2808/2023, de 30 de julio, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se regula la escolarización y la atención educativa a las diferencias individuales del alumnado en centros de educación especial y unidades de educación especial en centros ordinarios, así como la escolarización combinada en la Comunidad de Madrid.
- DECRETO 23/2023, de 22 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la atención educativa a las diferencias individuales del alumnado en la Comunidad de Madrid.
- RESOLUCIÓN de 31 de julio de 2013, de la Dirección General de Mejora de la Calidad de la Enseñanza, por la que se establecen las instrucciones a seguir para la incorporación de alumnos a la sección bilingüe de institutos bilingües.
INSTRUCCIONES REAGRUPACIÓN FAMILIAR:
PROCESO DE ADMISIÓN 2026-2027 Nota informativa. SOLICITUDES ETAPAS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA.
Todas aquellas familias solicitantes cuyos hijos están escolarizados fuera de la localidad, que residan o vayan a residir, que hayan solicitado plaza en algún centro de la localidad para el curso 2026-2027, y no tengan plaza adjudicada en las listas publicadas el 27 de mayo, deberán esperar a:
- Petición Complementaria de centros ante el SAE para alumnos ordinarios que hayan participado en el proceso de admisión, no hayan obtenido plaza escolar en ninguno de los centros solicitados los días 28 y 29 de mayo. Saldrá en listado del 5 de junio.
- la publicación de listas de admitidos por parte del SAE el 12 de junio,
- durante el periodo de matrícula, del 11 al 25 de junio, en caso de generar vacantes, serán avisados por los centros según lista de no admitidos.
- o finalizado el periodo de matrícula y no teniendo plaza, el SAE, a principios de septiembre, les adjudicará plaza. Serán informados vía telefónica.
El Servicio de Apoyo a la Escolarización



ALUMNOS/AS QUE TIENEN QUE PARTICIPAR EN EL PROCESO DE ADMISIÓN
Tienen que participar en el proceso de admisión y presentar solicitud de admisión para el curso 2026/2027 los siguientes alumnos/as:
– Los que deseen acceder por primera vez a centros que imparten Educación Infantil (3-6 años, nacidos en el año 2023) o Educación Primaria.
– Los que deseen cambiar de centro en cualquiera de los niveles y enseñanzas del ámbito de aplicación de la presente Resolución.
– Los que deseen solicitar un centro de Educación Secundaria diferente a aquel que les corresponda por adscripción única, por ejemplo alumnado de 6º de primaria que NO desee continuar sus estudios de secundaria en el IES Gaspar Sanz.
Se recomienda presentar las solicitudes de forma telemática mediante la utilización del certificado digital.
– A través del sistema de identificación electrónica para las Administraciones Públicas Cl@ve.
– Acceso sin certificado digital a través de un registro en el sistema informático @SCV. El registro se activará mediante un mensaje al teléfono móvil, lo que permitirá acceder con su DNI y clave.
– Acceso a través de la validación de credenciales de la aplicación Roble/Raíces. Las familias que ya tienen credenciales de acceso a Roble/Raíces podrán acceder a Secretaria Virtual con dichas credenciales. https://raices.madrid.org/raiz_app/jsp/portal/portalraices.html
En aquellos casos en los que no sea presentada por vía telemática, podrá ser presentada en el centro educativo solicitado en primer lugar.
Puntuación complementaria que otorga el Consejo Escolar: Familias solicitantes en 1º opción. Aprobado en la sesión del Consejo Escolar del día 26 de enero de 2026.
Vacantes:
Con fecha 29/04/2026 nos han autorizado una clase más en infantil 3 años para el curso 26-27.
CUMPLIMENTACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES
Con carácter general, salvo imposibilidad técnica para poder hacerlo, la solicitud de admisión deberá ser cumplimentada y entregada de FORMA TELEMÁTICA a través de la Secretaria virtual; para ello necesita disponer de certificado digital, o entrar en el sistema de identificación electrónica cl@ve, o registrarse en el sistema informático, o a través de la validación de credenciales de la aplicación Roble/Raíces.
Únicamente podrá presentarse una solicitud de admisión por cada alumno.
En el caso de que por imposibilidad técnica para poder hacerlo de forma telemática, la presente en soporte papel deberá tener en cuenta lo siguiente:
- El impreso de solicitud consta de una hoja informativa y tres ejemplares en papel autocopiativo. La solicitud quedará inutilizada si se mantiene doblada mientras se rellena o si se efectúa alguna anotación en papeles colocados sobre dicho impreso.
- La solicitud de admisión debe ser firmada por ambos padres, madres o representantes legales del alumno, salvo si se acredita la imposibilidad de hacerlo o alguno de ellos no obstenta la patria potestad, en cuyo caso deberá presentarse la oportuna declaración responsable.
- La solicitud para participar en el proceso ordinario de admisión de alumnos se podrá OBTENER en cualquier centro sostenido con fondos públicos, en las sedes de los Servicios de apoyo a la escolarización (SAE) o, a través de internet en esta página web y una vez cumplimentada deberá hacer tres copias.
- Además del centro solicitado en primera opción, en la solicitud podrán incluirse de forma priorizada hasta cinco centros educativos sostenidos con fondos públicos en los que se solicita ser admitido.
Instrucciones para CUMPLIMENTAR la solicitud en papel:
- Rellene los datos con bolígrafo, utilice letra mayúscula y de forma clara. Ponga una X en las casillas destinadas a este fin.
Ejemplos:
- Quiere solicitar plaza escolar para Educación Infantil, nivel 5 años, marcará:
⊙ EDUCACIÓN INFANTIL: ◯ 3 años ◯ 4 años ⊙ 5 años
Se recomienda presentar las solicitudes de forma telemática mediante la utilización del certificado digital.
– A través del sistema de identificación electrónica para las Administraciones Públicas Cl@ve.
– Acceso sin certificado digital a través de un registro en el sistema informático @SCV. El registro se activará mediante un mensaje al teléfono móvil, lo que permitirá acceder con su DNI y clave.
– Acceso a través de la validación de credenciales de la aplicación Roble/Raíces. Las familias que ya tienen credenciales de acceso a Roble/Raíces podrán acceder a Secretaria Virtual con dichas credenciales. https://raices.madrid.org/raiz_app/jsp/portal/portalraices.html
En aquellos casos en los que no sea presentada por vía telemática, podrá ser presentada en el centro educativo solicitado en primer lugar.
